Page 6 - Protocolos version 1.1
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   Protocolos de higienización y seguridad en los establecimientos sanitarios de óptica y en otros lugares de ejercicio profesional
VERSIÓN 1.1
Las exigencias esenciales de sanidad y seguridad aplicables al diseño y a la fabricación de los EPI se definen por el Reglamento (UE) 2016/425 con efectos a partir del 21 de abril de 2018, que deroga y sustituye a la Directiva 89/686/CEE.3
Cualquier profesional de nuestro país de distintos sectores de actividad, así como la población en general en circunstancias determinadas, requieren el uso de EPIs, los cuales podrán contar con la confianza en sus características a través del Marcado CE que garantiza que estos elementos de protección individual se han diseñado y fabricado según los requisitos esenciales definidos en el Reglamento Europeo, así como en las normas técnicas EN (normas europeas) en materia de seguridad y salud, y por tanto con el uso de los mismos se puede garantizar la protección de la salud y la seguridad de dichos usuarios4.
2.2.2.- Caracterización y normativa de los equipos de protección individual aconsejados:
2.2.2.1.- Ocular.
Los EPIs están regulados por normativas europeas que, en el caso de protección ocular y facial, hacen hincapié en proporcionar protección frente a impactos, radiaciones, metales fundidos y sólidos calientes, polvo, gases, arco eléctrico, combinaciones o, como en el caso que nos interesa, gotas y salpicaduras de líquidos3.
Los EPIs se dividen en tres categorías en función de la gravedad de los riesgos frente a los que protegen. Los protectores oculares que se aconsejan pertenecen a la categoría II de la clasificación de los EPIs.
Según la Normativa Europea, las gafas para uso laboral han de estar certificadas en su conjunto (monturas más lentes) no contando con certificación cada una de sus partes por separado.
La normativa de seguridad aplicada a la protección ocular viene reflejada en una serie de normas.
EN 166:2001 Protectores individuales de los ojos utilizados contra los diversos peligros susceptibles de dañar los mismos o alterar su visión. Se excluyen los rayos X, las emisiones láser y los rayos infrarrojos emitidos por fuentes de baja temperatura.
EN 167:2001 Métodos de ensayos ópticos. EN 168:2001 Métodos de ensayos no ópticos.
© Elaboración: Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas, 2020.
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